Un delito informático es toda actividad criminal que encuadrada en las
figuras típicas (hurto, fraude, falsificación, estafa, sabotaje, terrorismo) es
perpetrada contra o mediante el uso de sistemas informáticos o telemáticos, que
tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores,
medios electrónicos y redes de Internet.
La criminalidad
informática ha logrado extenderse en distintos niveles, y para ello utilizan
diversos métodos; se realizan por medio de estructuras electrónicas que van
ligadas a un sin número de herramientas delictivas que buscan infringir y dañar
todo lo que encuentren en el ámbito informático: ingreso ilegal a sistemas,
interceptado ilegal de redes, interferencias, daños en la información (borrado,
dañado, alteración o supresión de data crédito), mal uso de artefactos,
chantajes, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques
realizados por crackers violación de los derechos de autor, pornografía infantil, pedofilia en Internet,
violación de información confidencial y muchos otros.
Dentro de las características
de los delitos informáticos están:
- Son acciones de oportunidad, ya que se aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.
- Generalmente quienes los cometen son expertos con amplios conocimientos informáticos.
- Representan pérdidas económicas significativas.
Sujetos
Activos y Pasivos: Los Activos son las personas que cometen los delitos
informáticos y muchos poseen ciertas características específicas tales como: la
habilidad para el manejo de los sistemas informáticos o la realización de
tareas laborales que le facilitan el acceso a información de carácter sensible. El sujeto pasivo pueden ser individuos, instituciones crediticias,
órganos estatales, etc. que utilicen sistemas automatizados de información,
generalmente conectados a otros equipos o sistemas externos.
Se puede decir; que las
repercusiones de estos delitos informáticos son amplias y ocasiona daños tanto
económicos, morales y hasta psicológicos abarcando a un gran número de
afectados en todo el mundo, lo que ha hecho que la mayoría de los países hayan
accionado distintas formas de protegerse y limitarlo, en este sentido, se han
aprobado leyes que norman, y los sancionan, Venezuela no escapa de esta
realidad, para ello contempla en el marco constitucional y jurídico actual, la
Ley Especial Contra los Delitos Informáticos de fecha 30 de octubre de 2001,
publicada en la Gaceta Oficial No. 37.313; Ley Contra la Delincuencia
Organizada; Ley sobre Protección de Privacidad de las Comunicaciones y también
una providencia administrativa de Conatel en la que se establecen algunas
disposiciones relacionadas con el uso ilícito de equipos celulares.
El objeto de la Ley
Especial Contra los Delitos Informáticos es la protección integral de los
sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y
sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualesquiera de sus
componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en los
términos previstos en la misma.
Es importante
resaltar que el deber y compromiso para
frenar estos delitos, no es solo por parte del Estado, sino también de los
ciudadanos ya que todos están expuestos
a los mismos riesgos, para ello se deben tomar precauciones, no exponerse y por
otro lado denunciar los casos en las instancias pertinentes.
"Las contraseñas son como la ropa interior. No puedes dejar que
nadie la vea, debes cambiarla regularmente y no debes compartirla con extraños"
Chris Pirillo.
Chris Pirillo.
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